Calculadora de doble sueldo 2026
La regalía pascual del Código de Trabajo: cuánto te toca y cuándo te la pagan.
Vigente hoy, viernes 11 de septiembre · Se paga a más tardar el 20 de diciembre
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Cómo se calcula (art. 219)
El doble sueldo es la doceava parte de todo el salario ordinario que ganaste en el año. Si trabajaste el año completo con sueldo fijo, te toca un sueldo entero. Si entraste a mitad de año, te toca la proporción: salario × meses trabajados ÷ 12. No incluye horas extras ni bonos por beneficios.
Se paga a más tardar el 20 de diciembre, está exento de impuestos y no te lo pueden embargar. Y si sales de un trabajo en cualquier mes, la proporción del año te la deben pagar en la liquidación — puedes verla en la calculadora de prestaciones laborales.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo pagan el doble sueldo?
A más tardar el 20 de diciembre de cada año (artículo 219 del Código de Trabajo). Muchas empresas lo adelantan a los primeros días del mes.
¿El doble sueldo paga impuestos o TSS?
No. Está exento del impuesto sobre la renta sin importar el monto, no cotiza a la TSS y además es inembargable.
¿Si no trabajé el año completo me toca?
Sí, la proporción: tu salario mensual multiplicado por los meses trabajados del año y dividido entre 12.
¿Me toca si estoy en período de prueba o soy temporal?
La regalía es por salario devengado: te corresponde la proporción de los meses que hayas trabajado en el año, sea cual sea tu tipo de contrato.
¿Cuentan las comisiones y las horas extras?
Las comisiones sí, si son parte habitual de tu salario ordinario: se usa el promedio devengado del año. Las horas extras y la participación en beneficios no cuentan.
Por qué se llama doble sueldo aunque no siempre sea doble
El nombre engaña. La regalía pascual es la doceava parte de lo que ganaste de salario ordinario en el año, así que solo le sale "doble" a quien estuvo los doce meses con el mismo sueldo: a ese le toca un sueldo entero de más. Quien entró en junio no cobra un sueldo completo, y tampoco le están quitando nada: cobra la parte del año que trabajó. Lo otro que conviene tener claro es que esto no es una gratificación que la empresa decide dar o no según cómo le fue el año. Es una obligación del Código de Trabajo, en su artículo 219. No depende de que hayas cumplido metas ni de qué tipo de contrato tengas.
Cómo se cuentan los meses
Esta es la parte donde más gente se equivoca sola. El mes en que entraste cuenta como trabajado. Si empezaste en marzo tienes marzo, abril, mayo y así hasta diciembre: son diez meses, no nueve. Si entraste en septiembre son cuatro. Y si ya estabas desde antes de enero son doce, y te toca completo. Con eso y tu sueldo ya está la cuenta hecha: los meses van arriba, el doce abajo. Un aviso para no ilusionarse de más: las horas extras y los bonos por beneficios no entran en la base, aunque en el bolsillo se hayan sentido igualito que sueldo.
Si tu sueldo no fue el mismo todo el año
Aquí es donde la letra del artículo se pone útil. La cuenta no se hace sobre tu sueldo de diciembre: se hace sobre todo el salario ordinario que ganaste en el año, dividido entre doce. A quien no le movieron el sueldo le da igual de las dos maneras. Pero si te subieron a mitad de año, o si buena parte de lo tuyo son comisiones que cambian de mes en mes, el número honesto sale de promediar lo que devengaste, no de poner el mejor mes. Las comisiones habituales sí son parte del salario ordinario; las horas extras no. Saca el promedio y calcula con eso: te va a quedar mucho más cerca de la cifra real.
Cuándo tiene que estar y qué te descuentan
La fecha límite es el 20 de diciembre. Muchas empresas lo adelantan a los primeros días del mes, y eso es cosa de ellas; el plazo del día 20 no es una costumbre, es lo que manda el Código de Trabajo. Lo que llegue, llega completo: la regalía está exenta del impuesto sobre la renta sin importar el monto, y es inembargable, así que no debería aparecer con descuentos al lado. Y si sales del trabajo en cualquier mes, esa proporción no se pierde: te la deben pagar en la liquidación, junto con lo demás. Esa otra cuenta la tienes en la calculadora de prestaciones laborales.