Cuando preguntas cuánto cobra un banco por un préstamo, la respuesta que te dan es un número solo: la tasa. Ese número no es el costo. Es el pedazo más grande, pero al lado hay una comisión de apertura, una confección de contrato, una legalización, un seguro que se te cobra todos los meses y, si hay una casa de por medio, dos impuestos de la DGII.
Aquí tienes el costo completo, partida por partida: qué cobra cada banco en su tarifario, qué impuesto va escondido en la cuota, cuál es el que no existe aunque todo el mundo lo repita, y qué pasa si pagas antes de tiempo o te atrasas. Y un ejemplo llevado hasta el final, un préstamo personal de RD$500,000 a 36 meses, con la cuota real y lo que sale al sumarlo todo. Nada de esto es una recomendación de dónde pedir prestado ni una promesa de que a ti te vayan a dar esa cifra.
Hay dos números distintos y la gente los mezcla. Uno es el que el banco pone en su publicidad: «desde 12.50%». Ese desde es el piso, la tasa del cliente de menos riesgo, el de nómina, con historial limpio y garantía. Scotiabank anuncia vehículos nuevos desde 12.50%, hipotecario en pesos desde 12.15% y personal desde 18.25% en su tarifario de julio de 2026. APAP, en su tarifario vigente desde agosto de 2025, anuncia hipotecario desde 12.50%, personal desde 20% y vehículo desde 18.80%. Banreservas, en su hoja de tasas de referencia de junio de 2026, pone el hipotecario desde 13.14%, vehículos nuevos en 11.63% y el personal en 19.27%.
El otro número es lo que cobraron. La Superintendencia de Bancos recoge mes a mes, entidad por entidad, la tasa promedio ponderada por monto de los créditos que se desembolsaron. En préstamos personales para gastos, en mayo de 2026, contando las veintiocho entidades que hicieron treinta créditos o más, entre el promedio más bajo y el promedio más alto hay 20.05 puntos porcentuales de distancia. El mismo producto, el mismo mes, el mismo país. En ese registro entran 44 entidades y 12 tipos de préstamo, desde personales para gastos hasta leasing y líneas para comercio exterior.
Ese promedio tampoco es tu tasa. Es lo que salió de todos los créditos de un mes ponderados por monto, y un préstamo grande y barato jala el número hacia abajo. A ti te la ponen según tu perfil, tu historial en el buró, la garantía que presentes y el plazo que pidas.
El Banco Central publica otro corte, más grueso pero diario: la tasa activa promedio ponderada de los bancos múltiples. Ese dato se abre por plazo, de 0 a 90 días hasta más de 5 años, pero no por nombre de banco: es el promedio de todo el sistema.
Y ninguno de esos números es el costo. Encima del interés van una comisión de apertura, los papeles del contrato, un seguro mensual y, en una casa, dos impuestos.
El Banco Central publica todos los días la tasa activa promedio de los bancos múltiples, y ese número sí llega hasta esta semana. El último día publicado es el 8 de octubre de 2026, con 14,23 %. El promedio de octubre va en 13,97 %, contra 13,65 % de septiembre: subió 0,32 puntos.
Ese promedio se abre por plazo, y ahí se ve algo que conviene saber antes de pedir: a menos de 90 días la tasa iba en 11,82 % y a más de cinco años en 14,51 %. El plazo no es un detalle del papeleo, es parte del precio.
Es una creencia muy repetida y es falsa: los intereses de un préstamo bancario no pagan ITBIS. El artículo 344, numeral 1 del Código Tributario, modificado por la Ley 253-12, exime del ITBIS los servicios financieros, incluyendo seguros, y el Reglamento 293-11, en su artículo 14 literal d), dice qué entra ahí: depósitos de cualquier naturaleza, préstamos, servicios de tarjeta de crédito, líneas o cartas de crédito, canje de divisas y otros servicios financieros similares. La DGII lo responde por escrito en su Comunidad de Ayuda. No hay letra chiquita por tipo de producto: hipotecario, personal, de vehículo y tarjeta están exentos igual. Si en una cotización de préstamo bancario aparece un 18% sobre los intereses, esa cotización está mal hecha.
El 18% sí aparece, pero en otras dos partes. Una es cuando el financiamiento no viene de un banco sino de la tienda que te vende el bien: el artículo 10 del Reglamento 293-11 mete los intereses por financiamiento y cualquier otro cargo, comisión o pena convencional dentro de la base imponible cuando acompañan la venta de un bien gravado. La nevera a crédito de la tienda carga ITBIS sobre su interés; el préstamo del banco para comprar esa misma nevera, no. La otra es la cobranza: el tarifario de la Asociación Cibao lista gastos y servicios legales extrajudiciales de hasta 30% de las sumas recuperadas más 18% de ITBIS, porque ahí lo que se vende es un servicio legal, no financiero.
El impuesto que de verdad viaja escondido en tu cuota es otro y es de 16%: el Impuesto Selectivo al Consumo sobre las primas de seguro, artículo 383 del Código Tributario, restablecido por la Ley 495-06. Ese es el 1.16 que ves multiplicando en las fórmulas de seguro de los tarifarios. El Popular calcula el seguro de propiedad como valor de la propiedad por la tasa por 1.16, y Banreservas calcula el de vehículo como valor del vehículo por la tasa anual por 1.16, entre 12. La Ley 30-26, de junio de 2026, lo baja solo en seguros de vida: 11% en el ejercicio fiscal 2027, 6% en 2028 y derogado en 2029. El de incendio y propiedad se queda en 16%.
Es lo primero que te descuentan y cada banco le puso un nombre distinto. Banreservas la llama comisión de gasto de cierre por tramitación y desembolso, y cobra 2% del valor del préstamo sin tope. APAP la llama gastos de cierre: 3.5% en personal sin garantía, con mínimo de RD$3,000 y máximo de RD$6,000, y 3% en extrapréstamo y préstamo con garantía externa, con mínimo de RD$1,000 y máximo de RD$5,000. La Asociación Cibao la llama trámite de préstamos: 2.25% con mínimo de RD$2,700 y máximo de RD$6,000. Scotiabank la cobra fija, desde RD$3,950 en personales y RD$7,000 en hipotecarios y vehículos. Es la misma partida con cuatro nombres.
El porcentaje engaña; lo que manda es el tope. Sobre RD$500,000, el 2% sin tope de Banreservas son RD$10,000, mientras el 3.5% de APAP choca con su techo y se queda en RD$6,000, igual que el 2.25% de Cibao. Sobre RD$3,000,000, Banreservas cobraría RD$60,000 y APAP seguiría en RD$6,000. El porcentaje más alto terminó costando menos.
Aparte va la confección del contrato, que viene en un renglón distinto del de la comisión y por eso pasa de largo. En Banreservas, sin garantía, son RD$1,000 entre RD$40,000 y RD$75,000; RD$2,000 hasta RD$300,000; RD$4,500 hasta RD$1,000,000; y 0.40% de ahí a RD$35 millones, con 0.05% por encima y tope de RD$100,000. La legalización son RD$1,000 hasta el millón y RD$5,000 por encima. El Popular cobra 0.40% de confección en préstamos de más de un millón. En hipotecarios, APAP pide RD$5,100 de honorarios legales por debajo de RD$999,999.99 y 0.45% de un millón a RD$13.5 millones, más RD$150 por cada firma de legalización; la Asociación Cibao pide RD$5,400 bajo RD$1,200,000 y 0.45% hasta RD$13.5 millones, con legalización de RD$2,360. Tres entidades distintas y prácticamente el mismo escalón.
El seguro de desgravamen no sale de una ley, sale del tarifario de cada banco, y de una entidad a otra cambian el factor, la base sobre la que se aplica y hasta la forma de cobrarlo.
En Banreservas, el préstamo de consumo lleva seguro de vida, desempleo e incapacidad con factor mensual de 0.000872. Ese factor se aplica sobre el monto de desembolso, no sobre el saldo que va bajando. Pagas lo mismo el primer mes que el último, aunque para entonces debas la mitad. Son cerca de 1.05% del monto original cada año, todos los años.
En el Popular, el seguro deudor de préstamos personales es de pago único al momento del desembolso, con fórmula de monto por 0.0010 por el plazo en meses. A 36 meses eso es 3.6% del préstamo cobrado de un solo golpe el primer día. En consumo con garantía hipotecaria es mensual, monto por 0.0015, cerca de 1.8% al año. En la Asociación Cibao, el personal sin garantía aparece con seguro en RD$0.00. Scotiabank no publica cifra: dice que se cotiza según edad del cliente, monto y plazo.
La aseguradora sí se puede mover. El Reglamento de Protección al Usuario obliga a la entidad a ofrecerte al menos tres alternativas de aseguradoras, y la póliza también puedes contratarla por tu cuenta y endosarla a favor del banco por el balance adeudado. En hipotecarios y en préstamos de vehículo, la póliza de daños al bien por incendio, desastres naturales o accidentes es obligatoria mientras dure el préstamo y hay que cederla a la entidad: Banreservas la cobra con factor mensual de 0.0006767 sobre el desembolso, cerca de 0.81% al año, y el Popular con valor de la propiedad por 0.000525 por 1.16, cerca de 0.73% anual con el impuesto adentro.
Dos factores de esos tarifarios no se pueden leer derecho. El rango de vida hipotecaria de Banreservas aparece impreso al revés en su propio tarifario, desde 0.000429 hasta 0.0001218. Y la ficha de la Asociación Cibao trae el factor 0.02233 del seguro de incendio sin decir si es anual, mensual o por millar; esa unidad la aclara la entidad.
La tasa nominal es el interés pelado. La TAE, Tasa Anual Efectiva, es lo que pagas de verdad, y desde la Carta Circular CCI-REG-202500009 de la Superintendencia de Bancos, de junio de 2025, tiene que incluir todos los cargos, comisiones, seguros obligatorios e impuestos que la entidad cobra o retiene, aunque el servicio lo dé un tercero. Se calcula sobre el flujo completo del préstamo y tiene que aparecer en los documentos de apertura, en la tabla de amortización, en el contrato, en los estados de cuenta, en el tarifario y en la publicidad, por el artículo 9 del Reglamento de Protección al Usuario.
Banreservas publica las dos y ahí se ve el tamaño del hueco. Hipotecario 13.14% nominal contra 14.06% de TAE. Vehículos nuevos 11.63% contra 12.78%. Y el personal: 19.27% nominal contra 21.37% de TAE, dos puntos y diez centésimas de diferencia. Su misma hoja trae la pyme en 17.17% y la empresarial en 14.03%.
La TAE recoge en un solo número lo que la tasa nominal deja fuera: dos entidades con la misma tasa nominal terminan con TAE distintas si cargan comisiones de apertura y seguros distintos. La TAE de un tarifario es la de un caso tipo; la de un préstamo concreto se mueve con el monto, el plazo y los cargos de ese préstamo, y la circular manda que aparezca en el contrato y en la tabla de amortización con esas cifras.
En los tarifarios esa cifra se publica de maneras muy distintas. Banreservas trae un ejemplo de RD$1,000,000 a 12.47% y 60 meses con TAE de 12.66%. La Asociación Cibao imprime «Tasa anual efectiva (TAE) 0.00%» en las fichas de su préstamo personal y de su hipotecario. La Superintendencia de Bancos tiene en prousuario.gob.do una calculadora de TAE gratuita que hace el mismo cálculo que la circular les exige a los bancos.
Préstamo personal de RD$500,000 a 36 meses en Banreservas, con la tasa nominal de referencia del banco, 19.27%, y todos los cargos tomados de su tarifario con revisión de abril de 2026.
Al principio te cobran tres cosas. La comisión de gasto de cierre por tramitación y desembolso, 2% sobre el valor del préstamo: RD$10,000.00. La confección de contrato sin garantía, tramo de RD$300,001 a RD$1,000,000: RD$4,500.00. La legalización del contrato: RD$1,000.00. Subtotal inicial RD$15,500.00, que es 3.1% del préstamo. Firmas por RD$500,000 y recibes en mano RD$484,500.00.
Cada mes te cobran dos cosas. Cuota de capital más interés: RD$18,396.34. Seguro de vida, desempleo e incapacidad, factor mensual 0.000872 por el monto de desembolso: RD$436.00. Tu cuota real es RD$18,832.34. En 36 meses ese seguro suma RD$15,696.00, y son los mismos RD$436 el último mes que el primero.
ITBIS sobre los intereses: RD$0.00. Los RD$162,268.14 de intereses de este préstamo no pagan un peso.
El total, sin adornos: RD$162,268.14 de intereses en tres años, RD$15,500.00 de comisiones y gastos legales iniciales y RD$15,696.00 de seguro. Costo por encima del capital: RD$193,464.14. Desembolsas RD$693,464.14 por los RD$484,500 que recibiste.
Esos cargos son los que separan la tasa nominal del costo real del dinero. El 19.27% se calcula sobre el capital, pero los RD$15,500 iniciales salen del desembolso antes de que veas el billete y el seguro se cobra completo todos los meses sobre el monto original, aunque el saldo vaya bajando. El plazo también mueve el resultado: mientras más corto el préstamo, entre menos cuotas se reparten esas comisiones fijas y más pesan; a más plazo se diluyen, pero se pagan más meses de interés y de seguro. La TAE de referencia que el banco publica para este producto, 21.37%, sale de otro monto y otro plazo; la de tu préstamo tiene que venir en tu contrato y en tu tabla de amortización.
La misma partida de apertura sobre RD$500,000 en otras entidades: Banreservas RD$10,000 por su 2% sin tope, APAP RD$6,000 porque su 3.5% topa ahí, la Asociación Cibao RD$6,000 con su 2.25% topado, Scotiabank desde RD$3,950 fijo. El Popular no publica comisión de apertura en pesos para ese producto, pero su seguro deudor de pago único sobre RD$500,000 a 36 meses son RD$18,000 cobrados el primer día.
En un hipotecario, el que más cobra no es el banco: es la DGII. El Impuesto de Transferencia Inmobiliaria es 3% sobre el valor mayor entre el precio de venta y el que tenga la DGII para ese inmueble, por el artículo 7 de la Ley 173-07. El Impuesto de Inscripción de Hipoteca es 2% sobre el valor de la hipoteca, por el artículo 8 de la misma ley, y se paga en el área de Caja o Tasación de la Administración Local con el formulario FI-DVB-012, el acto notarizado de hipoteca, el certificado de título y las cédulas. Juntos son 5% antes de tocar honorarios legales, tasación o certificaciones.
Ninguno de los dos sale del monto que te preste el banco. El 3% se calcula sobre el inmueble y el 2% sobre la hipoteca que se inscribe, así que una casa cara comprada con un préstamo chiquito paga lo mismo que si la hubieras pagado de contado.
Hay una exención que cambia la cuenta entera: la Resolución DDG-AR1-2026-00001 de la DGII fijó en RD$2,383,491 el valor mínimo exento para 2026, tanto para las transferencias de inmuebles adquiridos con préstamo de una entidad financiera como para las operaciones inmobiliarias del artículo 8. Ese mínimo también se mide sobre la operación y el inmueble, no sobre el préstamo: por debajo de esa cifra no aplica ni el 3% ni el 2%. En 2025 el umbral estaba en RD$2,271,027. Y para primera vivienda comprada a través de fideicomisos de vivienda de bajo costo, el tope de 2026 es RD$5,450,851.12.
El 2% además se está muriendo. El calendario oficial de implementación de la Ley 30-26 que publicó la DGII en el aviso 10-26, de junio de 2026, pone el Impuesto sobre el Registro y Conservación de Hipotecas en 1% para el ejercicio fiscal 2027 y derogado para el ejercicio fiscal 2028, por su artículo 59.
Así queda una operación de RD$3,000,000, con el inmueble en ese valor —el mayor entre el precio de venta y el que tiene la DGII— y la hipoteca inscrita por el mismo monto: RD$90,000 del 3% de transferencia, calculado sobre el inmueble; RD$60,000 del 2% de hipoteca, calculado sobre el valor de la hipoteca, que en 2027 serían RD$30,000 y en 2028, cero; RD$13,500 de honorarios legales al 0.45%; entre RD$2,000 y RD$4,000 de tasación, según el tipo de vivienda; RD$8,500 de certificaciones, contando estado jurídico del inmueble, IPI y gestión del expediente; y RD$60,000 de comisión de cierre del banco al 2%. Alrededor de RD$234,000 sin contar todavía los seguros mensuales, un 7.8% del préstamo, y más de la mitad de eso, RD$150,000, son impuestos de la DGII y no cobros del banco. Si esa misma operación fuera de RD$2,300,000, con el inmueble y la hipoteca por debajo del mínimo exento, ni el 3% ni el 2% aplicarían: son RD$115,000 que se quedan en tu bolsillo por caer debajo del umbral.
La tasación tiene su propio renglón y es de las pocas partidas que no escala con el monto: APAP cobra RD$2,000 en vivienda de bajo costo tipo B1, RD$2,500 en tipo B2 y RD$4,000 en vivienda de alto costo; la Asociación Cibao, RD$2,300 en proyectos de bajo costo y RD$3,500 en tasación única de proyectos. El tasador tiene que estar en la lista de autorizados de la entidad. Y esa tasación no es solo un gasto: determina el 3% de transferencia, porque el impuesto se cobra sobre el valor mayor entre el precio de venta y el que tenga la DGII.
Al final del camino hay otro renglón que se paga cuando ya terminaste: la radiación de la hipoteca para liberar el título. Banreservas RD$1,000, Popular RD$1,770, Asociación Cibao RD$2,500 por el acto de cancelación y hasta RD$7,500 si le encargas la gestión, Scotiabank RD$680 por la notarización del acto. La circular de la TAE manda sumarlo a la última cuota.
Pagar antes de tiempo se castiga y el porcentaje varía muchísimo. Banreservas cobra 2.5% en consumo de 0 a 12 meses y 1.5% de 13 a 24, y 2.5% en hipotecario los primeros 36 meses, y en su tarifario la penalidad solo se activa si abonas o cancelas más del 30% de la deuda. El Popular cobra 3% los primeros dos años en consumo, 4% en vehículos y 3% durante los primeros cinco años en hipotecarios y consumo con garantía hipotecaria. Scotiabank cobra 4% en personales y prendarios y 2% en hipotecarios, con un abono al año libre de penalidad de hasta 15% del capital en personales y 10% en hipotecarios. APAP cobra 3% antes de los tres años. La Asociación Cibao, 2.5% de 0 a 36 meses cuando el abono pasa del 20% del capital adeudado. Así funciona la fórmula de Banreservas: debes RD$200,000, abonas RD$70,000, que es 35% de la deuda, y la penalidad es RD$1,750. En cada tarifario está el porcentaje y también el disparador, o sea cuánto tienes que abonar para que la penalidad se active.
Esa penalidad no entra en la TAE, porque la circular excluye los cargos que solo se cobran si ocurre un evento determinado. Tampoco entra el cargo por mora, que se calcula sobre la cuota atrasada y no sobre el préstamo completo: Banreservas 2.5%, la Asociación Cibao 4.00% de la cuota vencida, Scotiabank 5% sobre el monto total en atraso y el Popular 5.25% de la cuota en mora. Entre esas cifras hay más del doble de diferencia por exactamente el mismo atraso. Cibao suma además gastos mensuales por gestión de cobros, RD$500 en hipotecarios y RD$300 en personales.
Desde el 3 de julio de 2026 el impuesto a cheques y transferencias electrónicas subió de 0.15% a 0.20% por el artículo 40 de la Ley 30-26, que modifica el artículo 382 de la Ley 288-04: RD$2 por cada RD$1,000 que muevas, y lo paga quien emite el cheque o inicia la transferencia. Están exentas las transferencias entre cuentas tuyas, en el mismo banco o en otro, los retiros en cajero y en ventanilla, los pagos de la Seguridad Social, las operaciones de fondos de pensiones, los consumos y pagos con tarjeta de crédito y los pagos de impuestos al Estado.
No hay tope legal de tasa de interés en República Dominicana. El artículo 24 de la Ley 183-02 Monetaria y Financiera lo dice completo: las operaciones monetarias y financieras se realizan en condiciones de libre mercado y las tasas de interés, en moneda nacional y extranjera, se determinan libremente entre los agentes del mercado. El tope viejo sí existía. La Orden Ejecutiva 312 del 1 de junio de 1919 fijaba el interés legal en 1% mensual y prohibía que el convencional pasara de ahí, con las casas de empeño como excepción hasta 4% mensual, y el artículo 91, numeral 1 de la Ley 183-02 la derogó en 2002.
La sentencia TC/0235/26 del Tribunal Constitucional, del 28 de abril de 2026, declaró ese numeral no conforme con la Constitución ni con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y pronunció su inconstitucionalidad sobrevenida, pero solo en lo que respecta a la derogación de los artículos que tipifican y castigan la usura como ilícito. El Tribunal no revivió el 1% mensual ni fijó cifra alguna: exhortó al Congreso Nacional a regular la prohibición de la usura, porque el artículo 21.3 de la Convención obliga al Estado a prohibirla por ley. A agosto de 2026 el Congreso no ha legislado y el artículo 24 sigue vigente.
Lo que sí te protege hoy es otra cosa, y es de trámite: los contratos de adhesión de las entidades tienen que estar aprobados previamente por ProUsuario, y las entidades están obligadas a publicar su tarifario y a expresar la TAE en los documentos de apertura, en los contratos, en los estados de cuenta y en la publicidad. Esa obligación es la que te permite poner dos ofertas una al lado de la otra y comparar el costo completo, y no solamente la tasa que cada una anuncia.
Todo lo que ves aquí sale de estos portales oficiales. Entra y compruébalo tú mismo:
Superintendencia de Bancos: Carta Circular CCI-REG-202500009 sobre la TAE → ProUsuario: calculadora oficial de Tasa Efectiva Anual → ProUsuario: Reglamento de Protección al Usuario, información y publicidad → Banco Central de la República Dominicana → DGII: Código Tributario, Título III (ITBIS), artículo 344 de servicios exentos → DGII: Reglamento 293-11 para la aplicación del Título III del Código Tributario → DGII: Código Tributario, Título IV, artículo 383 (16% sobre primas de seguro) → DGII: Resolución DDG-AR1-2026-00001, valores mínimos exentos de 2026 → DGII: Aviso 10-26, calendario de implementación de la Ley 30-26 → DGII: pago del 2% por Impuesto de Inscripción de Hipoteca → DGII: los intereses de préstamos están exentos del ITBIS → DGII: Ley 183-02 Monetaria y Financiera (artículos 24 y 91) → Banreservas: tasas de referencia 2026 con nominal y TAE por producto → Banreservas: tarifario de productos y servicios → Banco Popular Dominicano: tarifas de productos y servicios → Scotiabank República Dominicana: tarifario de productos personales → APAP: tarifario de productos y servicios de banca persona → Asociación Cibao: ficha técnica del préstamo hipotecario → Asociación Cibao: ficha del préstamo personal sin garantía →No. Los intereses de un préstamo bancario están exentos por el artículo 344, numeral 1 del Código Tributario, modificado por la Ley 253-12, y el Reglamento 293-11 lo detalla en su artículo 14 literal d). Aplica igual a hipotecario, personal, de vehículo y tarjeta, sin distinción. Distinto es cuando el crédito te lo da la tienda que te vende el bien: ahí el interés entra en la base del ITBIS de esa venta. Y el 18% también aparece en la cobranza legal extrajudicial, que sí es un servicio gravado.
La TAE es la Tasa Anual Efectiva: el interés más todos los cargos, comisiones, seguros obligatorios e impuestos que la entidad cobra o retiene, calculada sobre el flujo completo del préstamo. La Carta Circular CCI-REG-202500009 de la Superintendencia de Bancos, de junio de 2025, obliga a publicarla en documentos de apertura, tablas de amortización, contratos, estados de cuenta, tarifarios y publicidad. Dos préstamos con la misma tasa nominal pueden tener TAE muy distintas según la comisión y el seguro que carguen.
Porque el dato publicado por entidad es un promedio ponderado por monto de los créditos que se desembolsaron en ese mes, no una oferta. Un crédito grande y barato jala el promedio hacia abajo. La tasa que te ponen a ti sale de tu perfil, tu historial de pago, la garantía que presentes y el plazo que pidas. Y el desde de la publicidad es el piso, no el precio: es la tasa del cliente de menos riesgo.
Sí. La entidad puede exigirte el seguro, pero el Reglamento de Protección al Usuario la obliga a ofrecerte al menos tres alternativas de aseguradoras, y también puedes contratar una póliza por tu cuenta y endosarla a favor del banco por el balance adeudado. En hipotecarios y en préstamos de vehículo la póliza de daños al bien es obligatoria mientras dure el préstamo, y también ahí escoges quién te la vende. Lo que no publica cifra es Scotiabank: dice que el seguro se cotiza según edad, monto y plazo.
No. El artículo 24 de la Ley 183-02 deja las tasas a la libre determinación del mercado, y el tope de 1% mensual de 1919 quedó derogado en 2002. La sentencia TC/0235/26 del Tribunal Constitucional, del 28 de abril de 2026, declaró inconstitucional esa derogación en lo que respecta a los artículos que castigan la usura y exhortó al Congreso a legislar, pero no fijó ninguna cifra ni revivió el viejo tope. A agosto de 2026 el Congreso no ha legislado.
En casi todos los tarifarios sí, y el porcentaje cambia mucho. Banreservas cobra 2.5% en consumo durante los primeros 12 meses, y en su tarifario la penalidad solo se activa si abonas o cancelas más del 30% de la deuda. El Popular cobra 3% los primeros dos años en consumo y hasta cinco años en hipotecarios. Scotiabank cobra 4% en personales, con un abono al año libre de penalidad. APAP cobra 3%. La Asociación Cibao cobra 2.5% de 0 a 36 meses cuando el abono pasa del 20% del capital. Esa penalidad no entra en la TAE, porque solo se cobra si el evento ocurre.
3% de transferencia inmobiliaria sobre el valor mayor entre el precio de venta y el que tenga la DGII, más 2% de inscripción de hipoteca sobre el valor de la hipoteca. Ninguno de los dos se calcula sobre el monto que te preste el banco. Los dos quedan exentos en 2026 si la operación no pasa de RD$2,383,491, según la Resolución DDG-AR1-2026-00001 de la DGII. El 2% baja a 1% en el ejercicio fiscal 2027 y queda derogado en 2028, según el calendario del aviso 10-26.
La Superintendencia de Bancos tiene una calculadora de Tasa Efectiva Anual gratuita en prousuario.gob.do. Trabaja con el monto, el plazo y los cargos de una tabla de amortización: descuenta del capital los gastos iniciales, suma a cada cuota los cargos mensuales y los seguros, agrega a la última cuota la cancelación de hipoteca y saca la tasa del flujo completo. Es el mismo método que la Carta Circular CCI-REG-202500009 le exige a los bancos.
Orejita es un sitio informativo independiente. No somos un banco ni el gobierno, no damos préstamos, no gestionamos solicitudes y no pedimos ni guardamos ningún dato tuyo: aquí no hay un solo casillero para escribir la cédula. Las tasas son las que publican la Superintendencia de Bancos y el Banco Central; la que te ofrezcan a ti depende de tu perfil.